Tarjeta de gasóleo profesional: recupera el impuesto cada mes
Si transportas mercancías con vehículos de 7,5 toneladas o más, puedes recuperar parte del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos: hasta 49 € por cada 1.000 litros. Con nuestra tarjeta autorizada, la devolución es automática y mensual.
Devolución del impuesto
+49 €
por cada 1.000 litros repostados
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Gestionamos tu inscripción en el Censo de Beneficiarios y vinculamos tus vehículos.
Repostas con la tarjeta
Cada litro repostado con la tarjeta autorizada queda registrado de forma automática.
Cobras la devolución
Hacienda abona la devolución cada mes, sin que tengas que presentar solicitudes.
¿Qué es el gasóleo profesional?
El gasóleo profesional no es un combustible distinto: es el mismo gasóleo A que repostas habitualmente. La diferencia es que determinados transportistas tienen derecho a recuperar parte del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos que pagan en cada repostaje.
Esa devolución no se aplica en el surtidor: se reconoce después, una vez acreditado el uso profesional del combustible. Para ello es imprescindible estar inscrito en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria y pagar con una tarjeta autorizada, como la nuestra.
Hasta 49 € por cada 1.000 litros
La devolución se calcula sobre los litros repostados con la tarjeta autorizada y se abona mensualmente.
| Flota | Consumo | Recuperas |
|---|---|---|
| 1 camión | 1.500 L/mes | ~74 €/mes |
| 5 camiones | 7.500 L/mes | ~367 €/mes |
| 10 camiones | 15.000 L/mes | ~735 €/mes |
Estimación orientativa según el tipo vigente de devolución (49 €/1.000 L). El importe final depende del cumplimiento de los requisitos de la Agencia Tributaria.
¿Quién puede beneficiarse?
- Vehículos de 7,5 toneladas o más destinados al transporte de mercancías (y determinados vehículos de transporte de viajeros, categorías M2 y M3).
- Inscripción del titular y los vehículos en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional (Registro Territorial de la AEAT).
- Repostar con una tarjeta de gasóleo profesional autorizada por una entidad colaboradora.
- El combustible debe destinarse exclusivamente a la actividad profesional.
Dudas sobre el gasóleo profesional
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